| DOOR-LA MONARQUIA | LIBRO
III |
DANTE |
LIBRO III
I
«Ha cerrado la boca de los leones para que no me
hiciesen mal, porque delante de Él ha sido hallada en mí justicia».
Al comenzar esta obra me propuse plantear tres
cuestiones, conforme lo permitiera la materia. Creo que he tratado con
suficiente profundidad las dos primeras en los libros anteriores. Queda por
tratar la tercera, cuya verdad será quizá motivo de indignación contra mí, ya
que, en verdad, no puedo exponerla sin que sirva de vergüenza para algunos.
Pero, como la verdad clama desde su inmutable trono, también Salomón, al penetrar
en la selva de los Proverbios, nos enseña a meditar la verdad y a detestar al
impío; y el Filósofo, preceptor de costumbres, nos aconseja que sacrifiquemos
todo lo familiar por amor a la verdad. Puesta mi confianza en las anteriores
palabras de Daniel, con las que se fortalece el escudo de los defensores de la
verdad por la divina potencia, vistiendo la coraza de la fe de acuerdo con el
aviso de Pablo y con el calor de aquel carbón encendido que uno de los
serafines tomó del altar celestial, para tocar los labios de Isaías, entraré en
este gimnasio y arroaré fuera de la palestra al impío y al mendaz, a la vista
del mundo, apoyándome en el brazo de Aquél que nos libró con su sangre del
poder de las tinieblas. ¿Qué he de temer, si el Espíritu coeterno del Padre y
del Hijo dice por boca de David: «El justo será para eterna memoria. No temerá
la maza nueva».
La cuestión presente, que será objeto de nuestra
investigación, se encuentra entre dos grandes luminares; a saber: el romano
Pontífice y el Príncipe romano; y consiste en saber si la autoridad del Monarca
romano, que es de derecho Monarca del mundo, como se ha probado en el libro II,
depende inmediatamente de Dios, o bien de algún vicario o ministro suyo, por el
que entiendo un sucesor de Pedro, que es en realidad el clavero del reino de
los cielos.
II
Para esclarecer la presente cuestión hay que tomar
un principio, como hemos hecho en los libros anteriores, en virtud del cual se
formen los argumentos que nos lleven a la verdad. Pues, sin un principio
establecido de antemano, ¿de qué vale el trabajar, aun diciendo la verdad, ya
que solamente un principio es la raíz de los medios que hemos de
tomar? Por tanto, fijemos en primer lugar esta verdad irrefutable: que
Dios no quiere aquello que repugna a la intención de la naturaleza. Pues, si
esto no fuera verdad, no sería falso su contrario, esto es, que Dios quiere lo
que repugna a la intención de la naturaleza. Y si esto no fuera falso tampoco
lo serían sus consecuencias; pues es imposible que en las consecuencias
necesarias sea falso el consecuente cuando no existe un antecedente falso. Pero
al no querer sigue necesariamente una de estas dos alternativas: o querer o no
querer; como a no odiar necesariamente sigue o amar o no amar, ya que no amar
no es odiar, ni dejar de querer significa no querer, como es evidente. Y, si
esto no es falso, tampoco sería falsa la proposición siguiente: «Dios quiere lo
que no quiere»; pero no hay falsedad más grande que ésta. Ahora bien, demuestro
que sea verdad lo arriba expresado del siguiente modo: es evidente que Dios
quiere el fin de la naturaleza, de otro modo el cielo se movería en vano. Pero
esto no puede afirmarse. Si Dios quisiera el impedimento de un fin, querría
también el fin del impedimento; de otro modo querría en vano; y, como el fin
del impedimento es el no ser de la cosa impedida, se sigue que Dios quiere que
no exista el fin de la naturaleza, cuando hemos dicho que sí lo quiere. Si
Dios, pues, no quisiera el impedimento del fin, del hecho de que no lo quisiera
se seguiría que no se preocupa nada del impedimento, que exista o no exista;
pero quien no se preocupa del impedimento no se preocupa de la cosa que puede
ser impedida, y, por consiguiente, no la tiene en su voluntad, no la quiere.
Por lo cual, si el fin de la naturaleza puede ser impedido —cosa que se puede-,
se sigue necesariamente que Dios no quiere el fin de la naturaleza; y así se
sigue lo que antes decíamos, a saber, que Dios quiere lo que no quiere. Es,
pues, verísimo aquel principio cuyos contradictorios tantos absurdos originan.
III
Al entrar en esta tercera cuestión conviene notar
que la primera hubo que probarla, más para eliminar la ignorancia que para
solucionar el litigio; la segunda cuestión se planteaba casi por igual con
relación a la ignorancia y al litigio. Hay, en efecto, muchas cosas que
ignoramos de las que no litigamos. El geómetra ignora la cuadratura del
círculo, pero no disputa sobre ella; el teólogo ignora el número de los ángeles
y, sin embargo, no litiga sobre ello; el egipcio ignora la civilización de los
escitas, pero no por eso polemiza sobre tal civilización.
El llegar a la verdad en esta tercera cuestión
suscita una discusión tan grande, que lo mismo que en otras cuestiones la
ignorancia suele ser causa de litigio; así aquí el litigio es más bien causa de
ignorancia. Pues sucede muchas veces que los hombres dejan volar su voluntad
por delante de lo que ve su razón, y como enfermos, sin dar importancia a la
luz de la razón, se dejan arrastrar como ciegos por las pasiones, y niegan con
pertinencia su ceguedad. De donde resulta a menudo que no sólo se defienden
cosas falsas, sino que, como sucede con frecuencia, al salirse de su propia
especialidad, discurren por campos ajenos, donde, no entendiendo nada, tampoco
ellos son entendidos; y de este modo a unos los provocan a la ira, a otros a la
indignación y a algunos a la risa.
En efecto, tres tipos de hombre, sobre todo, se
oponen a la verdad que aquí se busca. El Sumo Pontífice, vicario de nuestro
Señor Jesucristo y sucesor de Pedro, a quien no debemos lo que debemos a
Cristo, pero sí lo que debemos a Pedro, quizá por el celo de las llaves; y
también otros pastores de la grey cristiana, y otros que son movidos, creo yo,
sólo por el celo de la madre Iglesia, contradicen la verdad que voy a
demostrar, quizá por celo, como he dicho, no por soberbia.
Hay otros, en cambio, cuya obstinada avaricia ha
extinguido en ellos la luz de la razón; que, habiendo nacido del diablo, se
llaman hijos de la Iglesia, y que no sólo levantan polémica en esta cuestión,
sino que, aborreciendo el nombre del sacratísimo principado, negarían con
desvergüenza los principios no sólo de las anteriores cuestiones, sino también
los de ésta.
Hay otros, en tercer lugar, llamados decretalistas,
que, ignorantes y vacíos de teología y de filosofía y apoyándose solamente en
sus Decretales, las que, por otra parte, considero venerables, y confiando,
creo yo, en su predominio, derogan el Imperio. No es de extrañar que yo haya
oído a alguno de ellos decir y afirmar precozmente que el fundamento de la fe
son las tradiciones de la Iglesia; blasfemia que sin duda han de extirpar de la
mente de los mortales los que han creído en Cristo hijo de Dios, que había de
venir, que estuvo presente y que ha padecido, antes de la tradición de la
Iglesia, y creyendo han esperado y esperando se han encendido en caridad, y
ardiendo en caridad han sido hechos coherederos, como nadie duda.
Para excluir a estos totalmente de la presente
disputa, advertimos que hay una escritura anterior a la Iglesia, otra con la
Iglesia y otra después de la Iglesia. Antes de la Iglesia están el Antiguo y el
Nuevo Testamento, que, como dice el Profeta, «su alabanza permanece por
siempre»; esto es lo que dice la Iglesia cuando habla el esposo: «¡Arrástranos
tras de ti!». En la Iglesia hay que venerar aquellos principales concilios en
los que ningún fiel cristiano duda de que Cristo intervino, ya que sabemos que,
cuando iba a subir al cielo, Él mismo dijo a sus discípulos: «Yo estaré con
vosotros siempre hasta la consumación del mundo», como atestigua Mateo. Tenemos
además los escritos de los doctores, de Agustín y otros, de los que nadie duda
que han sido ayudados por el Espíritu Santo, a no ser que no hayan conocido en
absoluto sus escritos, y si los conocen no los han saboreado, ni mucho menos.
Después de la Iglesia están las tradiciones, llamadas Decretales, que, aunque
han de ser veneradas en virtud de la autoridad apostólica, es indudable, sin
embargo, que hay que posponerlas a las Escrituras fundamentales, ya que el
mismo Cristo reprochó a los sacerdotes lo contrario. Como le hubiesen
preguntado: «¿Por qué tus discípulos traspasan la tradición de los ancianos?»
-pues descuidaban el lavatorio de las manos-, Cristo les respondió, como
atestigua Mateo: «¿Por qué traspasáis vosotros el precepto de Dios por vuestras
tradiciones?». Con estas palabras dejó suficientemente claro que hay que
posponer la tradición a la Escritura.
Si las tradiciones de la Iglesia son posteriores a
la Iglesia, como hemos dicho, no es la Iglesia la que recibe su autoridad de la
tradición, sino al contrario, la tradición la recibe de la Iglesia; y quienes
se fundan sólo en la tradición deben ser excluidos, como decíamos, de este
combate. En efecto, es imprescindible, para llegar a la verdad en esta cuestión
que se proceda investigando a partir de aquella fuente de donde procede la
autoridad de la Iglesia.
Una vez eliminados éstos, también han de quedar
excluidos aquellos otros que, encubiertos con plumas de cuervo, se jactan de
ser cándidas ovejas en el rebaño del Señor. Éstos son los hijos de la impiedad,
que, para poder seguir con sus maldades, prostituyen hasta a su madre, expulsan
a sus hermanos y, finalmente, no quieren tener un juez. ¿Para qué pedir razones
a esos hombres, si su sensualidad le impide ver los principios?
Por tanto, nos queda la discusión sólo con aquellos
que, movidos de cierto celo para con la madre Iglesia, ignoran la verdad que
estamos buscando. Con éstos, confiando en la reverencia que un hijo piadoso
tiene para con su padre o para con su madre, yo, piadoso para con Cristo y con
la Iglesia, piadoso también con su pastor y para con todos los que profesan la
religión cristiana, doy comienzo en este libro al certamen en defensa de la
verdad.
IV
Ésos, pues, a quienes se dirigirá nuestra discusión,
que afirman que la autoridad del Imperio depende de la autoridad de la Iglesia,
como el maestro de obras depende del arquitecto, se apoyan en muchos y diversos
argumentos, que toman, ciertamente, de la Sagrada Escritura y de algunos
hechos, tanto del Sumo Pontífice como del Emperador mismo, y pretenden con
ellos demostrar que tienen razón. En primer lugar dicen que, según el libro del
Génesis, Dios hizo dos grandes luminares -uno mayor y otro menor-; uno para que
alumbrase durante el día y otro para que lo hiciera durante la noche; y esto,
dicho en alegoría, entienden que eran los dos regímenes, a saber, el espiritual
y el temporal. Arguyen después que, así como la Luna, que es el luminar menor,
no tiene luz sino en cuanto la recibe del Sol, así tampoco el reino temporal
tiene autoridad, sino en cuanto la recibe del régimen espiritual.
Para refutar estos y otros de sus razonamientos hay
que advertir que, como le gusta decir al Filósofo en el Tratado de los elencos
sofísticos, la refutación de un argumento consiste en desenmascarar su error.
Y, como el error puede estar en la materia y en la forma del argumento, se
puede pecar de dos maneras, a saber: asumiendo lo falso, o no silogizando. El
Filósofo ponía estas dos objeciones a Parménides y a Meliso, diciendo: «Aceptan
lo falso y no hacen bien los silogismos». Tomo aquí «falso» en sentido lato,
aun por «inopinable», que en materia sujeta a prueba tiene naturaleza de
falsedad. Y, si hay defecto de forma, quien quiera rebatir el argumento debe
negar la conclusión demostrando que no se ha observado la forma del silogismo.
Pero, si el defecto está en la materia, esto se deberá a que se ha tomado una
proposición simplemente falsa (simpliciter) o parcialmente falsa (secundum
quid). Si lo primero, hay que rechazarlo negando la premisa falsa tomada; si lo
segundo, hay que establecer distinciones.
Supuesto esto, y para mayor claridad de esta y otras
conclusiones a las que llegaremos después, hay que advertir que acerca del
sentido místico se puede errar de dos maneras: o bien buscándolo donde no se
encuentra, o bien tomándolo en un sentido distinto del que debe tomarse.
Sobre lo primero dice Agustín en La Ciudad de Dios:
«No debe pensarse que todos los hechos narrados significan algo, sino que los
que no significan nada han sido narrados en razón de aquellos que tienen
significado. Sólo con la reja del arado se rotura el campo, pero para que esto
pueda realizarse son también necesarias las otras partes del arado».
Sobre lo segundo, hablando de quien en las
Escrituras entiende algo distinto de lo que quiso decir quien lo escribió, dice
el mismo Agustín en su Doctrina Cristiana que «se engaña, como quien,
apartándose del camino, llega, sin embargo, por un rodeo, adonde aquel camino
conduce»; y añade después: «Hay que demostrar que por la costumbre de desviarse
también se ven obligados a ir por caminos torcidos y falsos». A continuación
expone la causa por la que hay que evitar este peligro en las Escrituras, con
estas palabras: «Titubeará la fe si vacila la autoridad de las Divinas
Escrituras». Yo, por mi parte, digo que si tales desviaciones se dan por
ignorancia, una vez corregidas diligentemente, hay que perdonarlos, como se
perdonaría a quien tuviese miedo de un león imaginario. Pero, si los que se
equivocan lo hacen con astucia, han de ser tratados como los tiranos, que
siguen el derecho público no para el bien común, sino desviándolo para su
propio provecho. ¡Oh crimen supremo, aun cuando se cometa en sueños, abusar de
la intención del Eterno Espíritu! No se peca contra Moisés o contra David, ni
contra Job, ni contra Mateo, ni contra Pablo, sino contra el Espíritu Santo,
que habla por ellos. Pues, aunque los escribas de la divina palabra sean
muchos, el único que dicta es Dios, que se ha dignado manifestarnos su
beneplácito por las plumas de muchos.
Hechas estas advertencias, a propósito de lo dicho
anteriormente, para refutar aquello de que los dos luminares son figura de los
dos regímenes -afirmación sobre la que descansa toda la fuerza del argumento-,
diré que puede demostrarse por un doble camino que este sentido es
absolutamente insostenible. En primer lugar porque, siendo tales regímenes como
accidentes del hombre mismo, parecería que Dios hubiera invertido el orden, al
producir antes los accidentes que el propio sujeto; y decir esto de Dios es
absurdo; pues aquellos dos luminares fueron producidos el día cuarto y el
hombre lo fue el día sexto, como dice la letra de la Escritura. Además, siendo
estos regímenes los que dirigen a los hombres a ciertos fines, como quedará
claro después, si el hombre hubiera permanecido en el estado de inocencia en el
que Dios lo hizo, no habría necesitado de tales directrices. Por tanto, dichos
regímenes son remedios contra la enfermedad del pecado. Y como en el cuarto día
el hombre no sólo era pecador, sino que simplemente no existía, habría sido
vano producir remedios, y sería contrario a la bondad divina. En efecto, sería
necio el médico que antes del nacimiento de un niño le prepara un emplasto para
una herida futura. Por consiguiente, no se puede afirmar que Dios haya hecho
los dos regímenes en el cuarto día de la creación; y, consecuentemente, la
intención de Moisés no pudo ser la que ellos suponen.
Se puede también, concediendo la proposición falsa,
refutarla después por una distinción; pues para el adversario es más suave la
solución por distinción; pues se le da la impresión de que no miente
totalmente, como hace ver la negación absoluta. Digo, por tanto, que aunque la
Luna no tenga luz abundante, sino en cuanto la recibe del Sol, no por eso se
concluye que la Luna misma sea efecto del Sol. Por eso hay que advertir que una
cosa es el ser de la Luna misma, otra su virtud y otra su acción. En cuanto a
su ser, de ningún modo la Luna depende del Sol, ni tampoco en cuanto a su
virtud ni en cuanto a la acción pura y simple; porque su movimiento procede de
su propio motor, y su influencia de sus propios rayos; tiene, en efecto, alguna
luz por sí misma como se manifiesta en su eclipse; pero, para obrar mejor,
recibe algo del Sol, pues recibe abundancia de luz, y con ella obra con mayor
eficacia. Digo, por tanto, que el reino temporal no recibe su ser del
espiritual, ni tampoco su virtud, que es su autoridad, ni tampoco simplemente
su operación; pero sí recibe de él algo para obrar con más eficacia, por la luz
de la gracia, que en el cielo y en la tierra le infunde la bendición del Sumo
Pontífice. Por eso el argumento pecaba en cuanto a la forma porque el predicado
de la conclusión no estaba en el extremo de la mayor, como se ve claramente. En
efecto, el silogismo procede del siguiente modo: la Luna recibe la luz del Sol,
que es el régimen espiritual; el régimen temporal es la Luna; luego el régimen
temporal recibe la autoridad del régimen espiritual. Pues en el extremo de la
mayor se pone la «luz», en el predicado de la conclusión, la «autoridad»; que
son cosas diferentes en sujeto y razón, como se ha visto.
V
Invocan también un argumento sacado de la Escritura,
de aquel texto de Moisés en el que se dice que del fémur de Jacob fluyó la
figura de estos dos regímenes, con Leví y Judá, que fueron uno el padre del
sacerdocio, y el otro del poder temporal. Después, desde estas figuras,
argumentan así: como Leví es a Judá, así la Iglesia es al Imperio; Leví
precedió a Judá en el nacimiento, como está claro en la Escritura; luego la
Iglesia precede al Imperio en autoridad.
Esto puede refutarse fácilmente; pues, cuando dicen
que Leví y Judá, hijos de Jacob, son figuras de estos regímenes, podría
refutarlo, de manera semejante, por negación; pero concedámoslo. Y si
argumentan: «como Leví precedió en el nacimiento, así procede la Iglesia en su
autoridad», les respondo del mismo modo que antes: una cosa es el predicado de
la conclusión y otra el extremo de la mayor; pues una cosa es la «autoridad» y
otra distinta el «nacimiento», en cuanto al sujeto y razón. Por eso hay error
en la forma. El proceso es como el siguiente: A precede a B en C; D y E son,
entre sí, como A y B; luego D precede a E en F; pero F y C son cosas distintas;
y si insistieran diciendo que F sigue a C, es decir, la autoridad al
nacimiento, y que del antecedente se infiere correctamente la consecuencia,
como se infiere el animal del término «hombre», diré que esto es falso, pues hay
muchos mayores que no sólo no preceden en autoridad, sino que son precedidos
por los más jóvenes, como se ve claramente allí donde los obispos son más
jóvenes que sus arciprestes. Y así la instancia parece incurrir en error al
tomar la «no causa por causa».
VI
Invocan también del texto del libro I de los Reyes
el nombramiento y la deposición de Saúl, y dicen que el rey Saúl fue
entronizado y depuesto del trono por Samuel, que hacía las veces de Dios, por
mandato divino, como se ve claro en la Escritura. Argumentan de este hecho que,
como aquel vicario de Dios tenía autoridad para dar y quitar el poder temporal
y transferírselo a otro, así ahora también el vicario de Dios, obispo de la
Iglesia universal, tiene la potestad de dar y quitar y transferir el cetro del régimen
temporal; de lo cual se seguiría, sin lugar a dudas, que la autoridad del
Imperio sería dependiente de la Iglesia, como dicen ellos.
Para refutar esto hay que responder a los que
afirman que Samuel era vicario de Dios, diciendo que Samuel actuó no como
vicario, sino como legado especial para este caso concreto, o como nuncio
portador de un mandato expreso del Señor; lo cual está claro, porque sólo hizo
lo que Dios le había mandado.
De aquí se infiere que no hay que olvidar que una
cosa es ser vicario y otra ser nuncio o ministro; como una cosa es ser doctor y
otra ser intérprete. Vicario es aquel al que se le ha dado jurisdicción para
legislar y juzgar; por eso, dentro de los términos de la jurisdicción que se le
ha encomendado, puede actuar legal y libremente, sobre cosas que su señor
ignora absolutamente. El nuncio, en cambio, en cuanto tal, no puede hacer esto;
sino que, como el martillo obra sólo en virtud del artesano, así también el
nuncio obra exclusivamente por voluntad de aquel que lo envía. Por
consiguiente, aunque Dios hiciera aquello por mediación de su nuncio Samuel, no
se concluye por ello que el vicario de Dios pueda hacer lo mismo. Muchas cosas
ha hecho, hace y hará Dios por medio de sus ángeles que el vicario de Dios,
sucesor de Pedro, no puede hacer.
Resulta de aquí que el argumento de éstos concluye
«del todo a la parte», como si dijera así: «el hombre puede ver y oír; luego el
ojo puede ver y oír». Pero esto no tiene sentido. Lo tendría «negativamente»,
así: «el hombre no puede volar; luego tampoco los brazos del hombre pueden
volar». E igualmente: «Dios no puede hacer, por medio de un nuncio, que las
cosas engendradas no sean engendradas, según la sentencia de Agatón; luego,
tampoco puede hacerlo su vicario».
VII
Se apoyan también en la ofrenda de los Magos, según
el texto del Evangelio de Mateo, y dicen que Cristo recibió oro e incienso al
mismo tiempo, para presentarse a sí mismo como señor y gobernador de las cosas
espirituales y de las temporales. De esto deducen que el Vicario de Cristo es
señor y gobernador de ambos órdenes y que, por consiguiente, tiene autoridad
sobre uno y otro. Respondiendo a esto admito la letra y el sentido del texto de
Mateo, pero rechazo lo que pretenden deducir de él. Silogizan así: «Dios es señor
de lo espiritual y de lo temporal; el Sumo Pontífice es vicario de Dios; luego
es señor de lo espiritual y de lo temporal». Aunque las dos proposiciones son
verdaderas, el término medio cambia y, por tanto, el argumento tiene cuatro
términos, con lo cual no se observa la forma silogística, como se ve claramente
por los tratados del silogismo en general, pues una cosa es «Dios», que se pone
por sujeto de la mayor, y otra «vicario de Dios», que se predica de la menor.
Si alguno insistiera en la equivalencia del vicario, su insistencia sería
inútil; ya que ningún vicariato, ni divino ni humano, puede equivaler a la
autoridad principal; cosa que se comprende sin dificultad. Sabemos, en efecto,
que el sucesor de Pedro no es lo mismo que la autoridad divina, por lo menos en
las operaciones propias de la naturaleza, pues no podría hacer que ascendiera
la tierra a lo alto, ni que el fuego fuera hacia abajo, por la misión a él
confiada. Ni tampoco Dios podría encomendarle todos los poderes, pues Dios no
puede de ningún modo delegar la potestad de crear, ni la de bautizar, como es
evidente, aunque el Maestro diga lo contrario en el libro IV. Sabemos además
que un vicario de un hombre no equivale a dicho hombre, ni siquiera en cuanto
vicario, porque nadie puede dar lo que no es suyo. La autoridad principal no es
del príncipe, a no ser en cuanto al uso, porque ningún príncipe puede darse la
autoridad a sí mismo; aunque puede recibir la autoridad y renunciar a ella,
pero no puede crear a otro príncipe, pues la creación de un príncipe no depende
de la potestad del príncipe. Y, si esto es así, está claro que ningún príncipe
puede ser sustituido por un vicario que sea igual a él en todo; por lo cual la
instancia no tiene ninguna eficacia.
VIII
Asimismo toman las palabras de Cristo a Pedro, del
mismo Evangelista: «Y cuanto atares en la tierra será atado en los cielos y
cuanto desatares en la tierra será desatado en los cielos», cosa que fue dicha
también a todos los demás apóstoles. Igualmente aducen las palabras del texto
de Mateo y de Juan. De aquí arguyen que el sucesor de Pedro, por concesión de
Dios, puede atarlo todo y desatarlo todo; e infieren luego que puede anular las
leyes y los decretos del Imperio, e imponer leyes y decretos para el gobierno
temporal. De esto se seguiría lo que ellos sostienen. Pero a esto hay que
responder con una distinción a la mayor del silogismo que ellos emplean.
Silogizan así: «Pedro pudo atarlo y desatarlo todo; el sucesor de Pedro puede
todo lo que Pedro pudo; luego el sucesor de Pedro puede atar y desatar todo».
De aquí ellos infieren que puede anular e imponer la autoridad y los decretos
del Imperio. Concedo la menor, pero no la mayor, a no ser con una distinción.
Y, por tanto, digo que el término de signo universal «todo», incluido en
«cualquier cosa», no se aplica nunca fuera del ámbito del significado del
término. Pues, si digo «todo animal corre», «todo» se aplica a lo que está
comprendido en el género animal; pero, si digo «todo hombre corre», el signo universal
no se aplica sino a los supuestos de este término «hombre»; y cuando digo «todo
gramático» la predicación se restringe aún más.
Por eso hay que ver siempre cuál es el valor de
atribución del término universal, y, hecho esto, se verá fácilmente cuánto se
extiende su predicación, una vez conocidos la naturaleza y el ámbito del
término que se aplica. Por eso, cuando se dice «todo lo que atares», si ese
«todo» se tomara en sentido absoluto, sería verdad lo que dicen ellos; y no
sólo podría hacer esto, sino que podría también separar a la mujer de su marido
y unirla a otro, viviendo aún el primero, cosa que en manera alguna está en su
poder. Podría también absolverme sin arrepentimiento, lo cual ni Dios mismo
puede hacer. Por tanto, siendo esto así, está claro que no hay que tomar
aquella predicación en sentido absoluto, sino en sentido relativo. Si
consideramos lo que se le concede, se ve claramente con relación a qué se
determina la predicación. En efecto, dice Cristo a Pedro: «Te daré las llaves
del reino de los cielos», es decir: «Te haré clavero del reino de los cielos».
Después añade: «todo», es decir, «todo aquello que»; esto es, «todo aquello que
está con relación a este oficio podrás atarlo y desatarlo». Y, de este modo, el
término universal que se incluye en el «todo» se restringe en su predicación al
oficio de las llaves del reino de los cielos. Tomando así el término, la
proposición es verdadera; pero no en sentido absoluto, como queda claro. Por
consiguiente, digo que, aunque el sucesor de Pedro, de acuerdo con las
exigencias del oficio encomendado a Pedro, puede atar y desatar, no se sigue de
aquí que por eso pueda anular e imponer decretos al Imperio, o leyes, como
ellos pretendían, a no ser que se pruebe posteriormente que esto se refiere al oficio
de las llaves; pero lo contrario se probará después.
IX
Aducen también aquel texto de Lucas en que Pedro
dijo a Cristo: «Aquí hay dos espadas», y afirman que por estas dos espadas hay
que entender los dos regímenes antes mencionados, que Pedro dijo que estaban
donde él estaba, es decir, junto a sí; y arguyen de aquí que aquellos dos
regímenes, según la autoridad, residen en el sucesor de Pedro es.
A esto hay que responder con la negación del sentido
en el que se funda el argumento. Dicen, en efecto, que aquellas dos espadas,
que Pedro señaló, significan los dos regímenes predichos: cosa que hay que
negar absolutamente, tanto porque aquella respuesta no se dio según la
intención de Cristo, cuanto porque Pedro, según su costumbre, respondía súbitamente
y de una manera superficial.
Es cosa manifiesta que la respuesta no se dio de
acuerdo con la intención de Cristo si analizamos las palabras precedentes y las
causas que las provocaron. Por lo cual hay que recordar que tales palabras
fueron pronunciadas el día de la Cena; por eso Lucas comienza más arriba
diciendo: «Llegó pues el día de los ácimos en que habían de sacrificar la
pascua», la cena en que Cristo predijo su inminente pasión, por la que convenía
que Él se separase de sus discípulos. Hay que recordar también que, cuando
fueron pronunciadas estas palabras, estaban juntos todos los doce discípulos;
por lo que, poco después de pronunciarlas, dice Lucas: «Cuando llegó la hora se
puso a la mesa; y los apóstoles con Él». Y prosiguiendo el coloquio añadió:
«Cuando os envié sin bolsa ni alforjas, sin sandalias, ¿os faltó alguna cosa?
Dijeron ellos: nada. Y les añadió: Pues ahora el que tenga bolsa, tómela, e
igualmente la alforja, y el que no la tenga venda su manto y compre una
espada». En las palabras anteriores se manifiesta con bastante claridad la
intención de Cristo; pues no dijo: «comprad o tomad dos espadas» -o más bien
doce, pues a los doce discípulos decía: «el que no tenga que compre»- para que
cada uno tuviese la suya. Además, esto lo decía también para avisarles de su
futura prisión y del desprecio que sobre ellos caería, como si les dijera:
«mientras estuve con vosotros érais bien recibidos, pero ahora seréis
rechazados; por eso es necesario que os preparéis, obligados de la necesidad, con
aquellas cosas que incluso os había prohibido. Por eso, si la respuesta de
Pedro a las palabras de Cristo tuviera la intención que le atribuyen, no
estaría conforme con la de Cristo: pero esto se lo habría reprochado Cristo,
como tantas veces, cuando respondía con ligereza. En este momento no lo hizo
así, sino que asintió diciéndole: «Es bastante»; como si dijera: «Os digo esto
obligado por la necesidad; pero, si no puede tener cada uno una espada, dos
pueden ser suficientes».
Que Pedro hablara superficialmente, según su
costumbre, lo prueba su presunción impulsiva e impremeditada, a la que le
llevaba no sólo la sinceridad de su fe, sino también, creo yo, su espontaneidad
y simplicidad naturales. De esta presunción nos han dejado testimonio todos los
Evangelistas. En efecto, Mateo escribe que, cuando Jesús interrogó a sus
discípulos: «¿Quién dicen que soy yo?», Pedro respondió antes que nadie: «Tú
eres Cristo, el Mesías, el Hijo de Dios vivo». Escribe también que, cuando
Cristo dijo a sus discípulos que era necesario que Él fuera a Jerusalén y que
padeciera allí mucho, Pedro lo tomó aparte y comenzó a increparle diciendo: «No
quiera Dios, Señor, que eso suceda». Pero Él, volviéndose, dijo a Pedro:
«Retírate de mí, Satanás». Asimismo escribe que en el monte de la
transfiguración, en presencia de Cristo, de Moisés y de Elías y de los dos
hijos de Zebedeo, dijo: «Si quieres haré aquí tres tiendas, una para ti, una
para Moisés y otra para Elías». Escribe, además, que estando los discípulos en
la barca, por la noche, como Cristo se les acercase andando sobre las aguas,
Pedro dijo: «Señor, si eres tú, mándame ir a ti sobre las aguas». Escribe
también el mismo Evangelista que, como Cristo anunciase el escándalo a sus
discípulos, Pedro respondió: «Aunque todos se escandalicen de ti, yo jamás me
escandalizaré»; y un poco después: «Aunque tenga que morir contigo, no te
negaré». Esto también lo atestigua Marcos; Lucas, en cambio, dice que poco
antes de las palabras dichas sobre las espadas, Pedro dijo a Cristo: «Señor,
preparado estoy para ir contigo no sólo a la prisión, sino a la muerte». Juan,
por su parte, dice de él que, como Cristo quisiera lavarle los pies, Pedro le
dijo: «Señor, ¿tú lavarme a mí los pies?»; y un poco después: «Jamás me lavarás
tú los pies». Dice también que Pedro golpeó con la espada al siervo del
pontífice, cosa que los cuatro Evangelistas están de acuerdo con consignar.
Dice también Juan que Pedro, cuando vino al sepulcro, entró súbitamente y vio
al otro discípulo que estaba indeciso junto a la puerta. Y dice además que,
después de la resurrección, estando Jesús en la ribera: «Así que oyó Simón
Pedro que era el Señor, se ciñó la sobretúnica -pues estaba desnudo- y se
arrojó al mar». Dice finalmente que, como Pedro viese a Juan, dijo a Jesús: «Señor,
¿y éste qué?». Convenía que relatáramos tales cosas de nuestro Archimandrita,
en alabanza de su espontaneidad, pues muestran claramente que, cuando habló de
las dos espadas, respondía a Cristo con simplicidad de intención. Si las
palabras de Cristo y de Pedro hubiera que tomarlas en sentido figurado, no
habría que explicarlas en el sentido que dicen ellos, sino que hay que
referirlas al sentido de aquella espada de la que dice Mateo: «No penséis que
he venido a poner paz en la tierra; no vine a poner paz sino espada. Porque he
venido a separar al hombre de su padre, y a la hija de su madre, y a la nuera
de su suegra». Y esto lo hizo tanto con la palabra como con los hechos; por lo
cual decía Lucas a Teófilo: «(traté) de todo lo que Jesús hizo y enseñó desde
el principio». Tal era la espada que Cristo mandaba comprar, a lo que respondía
Pedro que había dos espadas. Estaban preparadas para la palabra y para las
obras, por las que harían lo que decía Cristo que habían venido a realizar por
la espada, como queda dicho.
X
Añaden algunos que el Emperador Constantino, que
había quedado limpio de la lepra por la intercesión del entonces Sumo
Pontífice, Silvestre, hizo donación a la Iglesia de la sede del Imperio, es
decir, de Roma, con otras muchas dignidades del Imperio. De aquí arguyen que
nadie puede tomar después aquellas dignidades si no las recibe de la Iglesia, a
quien, según ellos, pertenecen; y de ellos se seguiría correctamente que una
autoridad depende de la otra, como ellos quieren.
Expuestos y refutados así los argumentos, que
parecían tener sus raíces en la palabra divina, nos quedan por exponer y
refutar los que se apoyan en la historia humana de Roma y en la humana razón.
De ellos, el primero que exponen lo razonan así: «nadie puede tener conforme a
derecho las cosas que son de la Iglesia, si no las recibe de la Iglesia»; -esto
puede concederse-; «el régimen romano pertenece a la Iglesia; luego nadie puede
poseerlo de jure si no lo recibe de la Iglesia». Prueban la menor por lo dicho
más arriba sobre la donación de Constantino.
Pero yo niego esta menor; y a quienes la prueban les
respondo que no es ninguna prueba, porque Constantino no podía enajenar la
dignidad del Imperio, ni la Iglesia podía aceptarla. Y, si insisten pertinazmente,
puedo demostrar lo que estoy diciendo del siguiente modo: a nadie le es lícito
hacer, en virtud del oficio a él confiado, cosas contrarias a ese oficio;
porque, de este modo, lo mismo en cuanto tal sería contrario a sí mismo, lo
cual es imposible; ahora bien, va contra la misión confiada al Emperador el
dividir el Imperio, ya que su oficio es mantener al género humano unido en un
solo querer y un solo no querer, como puede verse fácilmente en el libro 1 de
este tratado; luego no es lícito al Emperador dividir el Imperio. Si, por
consiguiente, Constantino hubiese enajenado algunas dignidades del Imperio
-como dicen- y las hubiese entregado a la potestad de la Iglesia, habría sido
rasgada la túnica inconsútil, aquella misma cuya riqueza no se atrevieron a romper
los que atravesaron con la lanza a Cristo, verdadero Dios.
Además, así como la Iglesia tiene su fundamento
propio, así también el Imperio tiene el suyo. Pero el fundamento de la Iglesia
es Cristo; de ahí que diga el Apóstol A los Corintios: «que en cuanto al
fundamento nadie puede tener otro sino el que está puesto, que es Jesucristo».
Él es la piedra sobre la que ha sido edificada la Iglesia. El fundamento del
Imperio, en cambio, es el derecho humano. Por tanto, digo que, así como la
Iglesia no puede obrar en contra de su fundamento, sino que siempre se debe
apoyar en él, según aquel texto del Cantar de los Cantares: «¿quién es esta que
sube del desierto, apoyada sobre su amado?», así tampoco le es lícito al
Imperio hacer cualquier cosa contra el derecho humano; pero obraría contra el
derecho humano si se destruyera a sí mismo; luego no le es lícito al Imperio
destruirse a sí mismo. Ahora bien, como dividir el Imperio equivaldría a
destruirlo, ya que el Imperio consiste en la unidad de la Monarquía universal,
es evidente que al que desempeña la autoridad del Imperio no le es lícito
dividirlo. En lo dicho anteriormente queda demostrado que la destrucción del
Imperio es contraria al derecho humano.
Además, toda jurisdicción es anterior a su juez;
pues el juez está ordenado a la jurisdicción, y no al contrario; pero el
Imperio es la jurisdicción que comprende en su ámbito toda la jurisdicción
temporal; luego, la jurisdicción es anterior a su juez, que es el Emperador,
porque el Emperador está ordenado a ella, y no al contrario. De donde resulta
que el Emperador, en cuanto Emperador, no puede cambiarla pues de ella recibe
su ser. Digo ahora así: quien hizo, según dicen, el don a la Iglesia, o era
Emperador o no lo era; si no lo era, está claro que no podía donar nada de
aquello que pertenecía al Imperio; si lo era, siendo tal donación una merma de
la jurisdicción, no podía hacerlo tampoco como Emperador. Más aún, si un
Emperador pudiera suprimir una pequeña parte de la jurisdicción del Imperio,
también lo podría hacer, por la misma razón, otro Emperador. Y, como la
jurisdicción temporal sea limitada y todo lo limitado se pueda eliminar por
sustracciones parciales, resultaría que aquella primera jurisdicción podría
quedar aniquilada: lo que es irracional.
Además, actuando el donante a modo de agente y el
que recibe a modo de paciente, como nos dice el Filósofo en el libro V de A
Nicómaco, para que la donación sea lícita se requiere no sólo la capacidad del
que dona, sino también del que la recibe: porque la acción del agente requiere
un paciente dispuesto. Pero la Iglesia estaba totalmente incapacitada, por un
precepto prohibitivo expreso, para recibir bienes temporales, como sabemos por
Mateo, que dice así: «no os procuréis oro, ni plata, ni cobre sobre vuestros
cintos, ni alforja para el camino». Pues, aunque en el Evangelio de Lucas
tenemos la relajación parcial del precepto, no puede encontrarse después de
aquella prohibición ninguna licencia a la Iglesia para poseer oro y plata. Por
lo cual, si la Iglesia no podía aceptar donaciones, aunque Constantino de suyo
hubiera podido hacérselas, ese hecho no era posible por la incapacidad del
paciente. Es evidente, pues, que ni la Iglesia hubiera podido recibir a título
de propiedad, ni el Emperador conferir el título de enajenación. Podía, sí, el
Emperador poner bajo el patrocinio de la Iglesia su patrimonio y otras cosas,
manteniendo siempre su dominio último, cuya unidad no permite división. Podía
el Vicario de Dios recibir algo no como propietario, sino como dispensador de
las rentas en favor de la Iglesia y de los pobres de Cristo, cosa que sabemos
hicieron los Apóstoles.
Añaden además el hecho de que el Papa
Adriano llamó a Carlomagno en defensa propia y de la Iglesia, por la
injuria de los longobardos, en tiempos de su rey Desiderio; y que Carlomagno
recibió de él la dignidad del Imperio, aunque en Constantinopla reinaba el
Emperador Miguel. Por eso dicen que todos los Emperadores romanos que hubo
después de él fueron defensores de la Iglesia y debían ser llamados por ella en
su defensa; de donde se seguiría esa dependencia que ellos pretenden
establecer. Para refutar esto, respondo que nada dicen, porque la usurpación
del derecho no crea derecho. Si así fuese como ellos dicen, del mismo modo se
probaría que la autoridad de la Iglesia dependería del Emperador, puesto que el
Emperador Otón repuso en su sede al Papa León, y depuso a Benedicto, y lo
desterró a Sajonia.
XI
Con la razón arguyen del siguiente modo. Utilizan,
en efecto, un principio del libro X de la Filosofía Primera y dicen: todas las
cosas que pertenecen a un mismo género se reducen a una, que es la medida de
todas las comprendidas en ese género; ahora bien, todos los hombres son de un
mismo género; luego deben reducirse a uno solo, como medida de todos ellos. Y
como el Obispo supremo y el Emperador son hombres, si la conclusión anterior es
verdadera, es necesario que se reduzcan a un solo hombre. Y, como el Papa no
puede ser reducido a otro, no queda sino que el Emperador, con todos los demás hombres,
tenga que reducirse al Papa, como a su medida y regla. De lo cual se concluye
también lo que ellos se proponen probar.
Para refutar este argumento yo les digo que, cuando
dicen «las cosas que son del mismo género tienen que ser reducidas a una del
mismo género que sea la medida de ellas», dicen la verdad. Y también dicen la
verdad cuando afirman que todos los hombres son de un mismo género; y también
es verdadera su conclusión cuando infieren que todos los hombres deben
reducirse a una sola medida dentro de su género. Pero se equivocan «en cuanto
al accidente», al subinferir de esta conclusión lo referente al Papa y al
Emperador.
Para aclarar esto hay que tener en cuenta que una
cosa es ser hombre y otra ser Papa; e, igualmente, que una es ser hombre y otra
ser Emperador; como una cosa es ser hombre y otra ser padre y señor. El hombre,
en efecto, es lo que es por la forma sustancial, por la que tiene especie y
género determinado, y por la que queda encuadrado en la categoría de sustancia.
El padre, en cambio, es lo que es por forma accidental, que es una relación,
por la cual se le atribuye una especie y un género, «con relación a otro», es
decir, «de relación». De otro modo, todo se reduciría a la categoría de la
sustancia, ya que ninguna forma accidental subsiste por sí misma, sin la
hipóstasis de la sustancia subsistente; lo cual es falso. Siendo, pues, el Papa
y el Emperador lo que son por ciertas relaciones, es decir, por el Papado y por
el Imperio, que son, en efecto, verdaderas, una en la esfera de la paternidad y
otra en la del dominio, es evidente que el Papa y el Emperador, en cuanto
tales, tienen que ser encuadrados en la categoría de relación y,
consiguientemente, deben ser reducidos a un algo existente dentro de este
género.
Digo, pues, que una es la medida a la que deben ser
reducidos todos los hombres en cuanto tales y otra en cuanto son Papa y
Emperador. Pues, en cuanto son hombres, han de hacer referencia al mejor de los
hombres, sea el que sea, que es medida y arquetipo de todos los otros, por
decirlo así, con relación al existente máximo y único dentro de su género; como
puede deducirse del libro último de la Ética a Nicómaco. En cuanto son seres
relativos a algo, en cambio, deben reducirse, como es evidente, o bien uno al
otro, si el primero está subordinado al segundo, o bien pertenecen los dos a
una misma especie de relación; o se reducen a un tercer término, como a una
común unidad. Pero no puede afirmarse que uno se subordine al otro, puesto que,
si así fuera, uno sería predicado del otro; lo cual es falso, pues no decimos:
«el Emperador es el Papa», ni lo contrario. Ni puede decirse tampoco que
pertenezcan a una común especie; porque una es la razón de Papa y otra la de
Emperador, en cuanto tales. Luego deben ser reducidos a algo en que encuentren
su unidad.
Por tanto, hay que tener en cuenta que, así como una
relación es a otra, así también un término relativo es a otro. Si, pues, el
Papado y el Imperio, que son relaciones de superposición, deben ordenarse con
respecto a una superposición, de la que dependen con sus caracteres
diferenciales el Papa y el Emperador, que son relativos, deben reducirse a uno,
en el que se encuentre esa relación de superposición sin caracteres
diferenciales. Y esta unidad será o el mismo Dios, en el que toda relación se
une universalmente, o alguna sustancia inferior a Dios, en la que la relación
de superposición se particularice descendiendo desde la simple relación por
medio de la diferencia subordinante. De este modo queda claro que el Papa y el
Emperador, en cuanto hombres, deben ser referidos a uno; pero en cuanto Papa y
Emperador, a otro distinto. Y con esto queda resuelta la cuestión planteada en
cuanto al argumento de razón.
XII
Expuestos y rechazados los errores en los que
principalmente se apoyan quienes defienden que la autoridad del Principado
romano depende del Romano Pontífice, hemos de volver a la demostración de la
verdad de esa tercera cuestión propuesta al principio de la obra; verdad ésta
que aparecerá con suficiente claridad si, investigando de acuerdo con el
principio establecido, demuestro que dicha autoridad depende inmediatamente de
la cima más alta del ser, que es Dios. Esto restará claro o bien demostrando
que la autoridad de la Iglesia queda lejos de ella -ya que sobre lo otro no hay
discusión-, o bien si probamos «palmariamente» que la autoridad imperial
depende inmediatamente de Dios.
Que la autoridad de la Iglesia no sea causa de la
autoridad imperial se prueba del siguiente modo: cuando una cosa tiene toda su
virtud sin la existencia o la virtud de otra, esta última no es causa de la
virtud de la primera; ahora bien, el Imperio tuvo toda su virtud sin la
existencia y la virtud de la Iglesia; luego la Iglesia no es causa de la virtud
del Imperio y, consiguientemente, tampoco de su autoridad, pues su virtud y
autoridad se identifican. Sea la Iglesia A, el Imperio B, y la autoridad o
virtud del Imperio C; si, no existiendo A, C está en B, es imposible que A sea causa
de que C esté en B, ya que es imposible que el efecto preceda a la causa en
ser. Más aún, si no existiendo A, C está en B, es necesario que A no sea causa
de que C esté en B, ya que para que se produzca el efecto es necesario que
antes opere la causa, sobre todo la eficiente, de la que aquí se trata.
La proposición mayor de esta demostración queda
clara en los términos; Cristo y la Iglesia confirman la menor; Cristo, naciendo
y muriendo, como se ha dicho más arriba; la Iglesia, cuando Pablo dice a Festo
en los Hechos de los Apóstoles: «Estoy ante el tribunal del César; en él debo
ser juzgado»; y cuando poco después el ángel de Dios dijo a Pablo: «No temas,
Pablo, comparecerás ante el César»; cuando de nuevo dice Pablo, después, a los
judíos residentes en Italia: «Oponiéndose a ello los judíos me vi obligado a
apelar al César, no para acusar de nada a mi pueblo (sino para salvar mi alma
de la muerte)». Si el César ya entonces no hubiese tenido autoridad para juzgar
las cosas temporales, ni Cristo lo habría aconsejado, ni el ángel habría hecho
el anuncio con aquellas palabras, ni el que decía: «deseo morir para estar con
Cristo», habría apelado a un juez incompetente.
Además, si Constantino no hubiese tenido autoridad,
no habría podido ceder a la Iglesia, conforme a derecho, aquellos bienes del
Imperio que puso bajo su patrocinio; y así la Iglesia gozaría injustamente de
esa donación, pues Dios quiere que las ofrendas sean inmaculadas, según aquel
texto del Levítico: «Toda oblación que ofrezcáis a Javé ha de ser sin
levadura»; precepto que, ciertamente, aunque parezca referirse a los oferentes,
se dirige también a los que reciben las ofrendas; pues sería necio creer que
Dios quiere que sea aceptado lo que Él prohibe que se dé, sobre todo si tenemos
en cuenta lo que en el mismo libro se preceptúa a los levitas: «No os hagáis
abominables por los reptiles que reptan ni os hagáis impuros por ellos; seréis
manchados por ellos». Pero decir que la Iglesia abusa de un patrimonio así
concedido es un grave inconveniente; luego, es falso el antecedente.
XIII
Más aún, si la Iglesia tuviera la facultad de
conferir la autoridad al Príncipe Romano, o le vendría de Dios, o de sí misma,
o de otro Emperador, o del consentimiento universal, o al menos de los que
prevalecen sobre los demás: no queda otro resquicio por donde esta facultad
haya podido penetrar en la Iglesia; pero no la tiene tampoco por ninguno de
esos medios; luego no tiene tal facultad.
Se prueba que no la tiene por ninguno de esos medios
citados del siguiente modo. Si la hubiese recibido de Dios, habría sido o por
ley divina o por ley natural, porque lo que se recibe de la naturaleza se
recibe de Dios, proposición ésta que no es convertible. Pero no por ley
natural, porque la naturaleza no impone la ley, sino sus efectos; pues Dios no
puede fallar cuando produce algo en su ser sin la intervención de agentes
segundos. Por eso, como la Iglesia no es un efecto de la naturaleza, sino de
Dios, se dijo: «Sobre esta piedra edificaré mi Iglesia»; y en otro lugar: «Yo
te he glorificado sobre la tierra llevando a cabo la obra que me encomendaste
realizar», es evidente que a la Iglesia no le ha dado leyes la naturaleza.
Pero tampoco por ley divina, pues toda ley divina
está contenida en el seno de los dos Testamentos; y, en verdad, no he podido
encontrar en ellos que le haya sido encomendada ninguna tutela ni al sacerdocio
primitivo ni al novísimo sacerdocio. Por el contrario, he encontrado allí que
los sacerdotes antiguos estaban apartados de tal misión por expreso precepto,
como consta de las palabras que dijo Dios a Moisés; e igualmente los sacerdotes
novísimos, por las palabras que dijo Cristo a sus discípulos. Y no habría sido
posible, ciertamente, que hubiesen estado alejados de la solicitud temporal, si
la autoridad del régimen temporal emanara del sacerdocio, pues al darles la
autoridad habría exigido al menos solicitud en la provisión de cargos, y
después un cuidado continuo para que el que ha recibido la autoridad no se
aparte del camino recto.
Que no haya recibido tal facultad de sí misma se
demuestra fácilmente. Nadie puede dar lo que no tiene; por lo cual conviene que
todo agente de algo deba ser ya en acto aquello que quiere obrar, como se
explica en los libros de Del ser simpliciter. Pero es evidente que, si la
Iglesia se dio a sí misma ese poder, no lo tenía antes de dárselo; y así se
habría dado lo que no tenía, lo cual es imposible.
Que tampoco lo recibió de ningún Emperador está
claro por lo expuesto antes.
Y que no lo tiene tampoco por el asentimiento
universal o de la mayoría, ¿quién lo duda, cuando no sólo los asiáticos y
africanos sino también la mayor parte de Europa detestan ese poder? Es
fastidioso, en efecto, aducir pruebas en cosas evidentísimas.
XIV
Además, aquello que es contrario a la naturaleza de
una cosa no puede formar parte del número de sus facultades, pues las
facultades de una cosa cualquiera siguen a su naturaleza, para la consecución
de su fin; ahora bien, la facultad de conferir autoridad a un reino de nuestra
humanidad mortal es contraria a la naturaleza de la Iglesia; luego no está
entre sus facultades.
Para la evidencia de la menor hay que tener en
cuenta que la naturaleza de la Iglesia es la forma de la Iglesia; pues, aunque «naturaleza»
se predique de la materia y la forma, se predica más propiamente de la forma,
como se prueba en el libro De la audición natural. Ahora bien, la forma de la
Iglesia no es otra cosa que la vida de Cristo, considerada tanto en sus hechos
como en sus palabras; ya que su vida fue la idea y el ejemplar de la Iglesia
militante, en especial de los pastores y, sobre todo, del Supremo Pastor, cuya
misión es apacentar a los corderos y a las ovejas. Por lo que el mismo Cristo,
al dejarnos el «Ejemplar» de su vida, dice en el Evangelio de Juan: «Porque yo
os he dado el ejemplo para que vosotros hagáis también como yo he hecho»; y de
una manera especial a Pedro, después de encomendarle el oficio de pastor, le
dijo: «Pedro, sígueme». Pero el mismo Cristo renunció a este régimen temporal
diciendo: «Mi reino no es de este mundo; si de este mundo fuera mi reino, mis
ministros hubieran luchado para que no fuese entregado a los judíos; pero mi
reino no es de este mundo». Esto no hay que entenderlo como si Cristo, que es
Dios, no fuera el Señor de este reino, ya que el Salmista dice: «Suyo es el
mar, pues El lo hizo; suya la tierra, formada por sus manos», sino que, como
ejemplar de la Iglesia, no se ocupaba de este reino. De este modo, si un sello
de oro pudiera hablar de sí mismo diciendo «no soy medida de ningún género»,
estas palabras no tendrían sentido en cuanto oro, puesto que el oro es la
medida de todos los metales, sino en cuanto signo que se puede recibir por
impresión.
Pertenece formalmente a la Iglesia decir lo mismo
que siente; pero decir lo contrario de lo que siente o sentir lo contrario de
lo que dice es, como se ha visto, contrario a su forma o naturaleza, que se
identifican en ella. De aquí se concluye que la facultad de autorizar al reino
temporal es contraria a la naturaleza de la Iglesia. Pues la contrariedad en la
opinión o en la palabra procede de la contrariedad que existe en la cosa sobre
la que se opina o se habla, del mismo modo que la verdad y la falsedad en la
oración son causadas por el ser o no ser de la cosa, como nos lo enseña la
doctrina de Las categorías. Por tanto, queda suficientemente probado, por «los
inconvenientes» a que nos llevarían estos argumentos, que la autoridad del
Imperio no depende en absoluto de la Iglesia.
XV
Aunque en el capítulo precedente hemos probado, por
los «inconvenientes» a que llegaríamos, que la autoridad del Imperio no depende
de la autoridad del Sumo Pontífice, no se ha probado, suficientemente, sino a
modo de conveniencia, que la autoridad del Imperio depende inmediatamente de
Dios. Es, en efecto, consecuencia necesaria que si ella no depende del vicario
de Dios, depende de Dios. Por eso, para que quede perfectamente claro nuestro
propósito, hay que probar «palmariamente» que el Emperador, o Monarca del
mundo, está en relación inmediata con el príncipe del Universo, que es Dios.
Para tener esto hay que tener en cuenta que sólo el
hombre está en el medio de las cosas corruptibles e incorruptibles; lo cual ha
sido comparado por los filósofos al horizonte que ocupa el centro de los dos
hemisferios. Y así el hombre, considerado según una u otra parte esencial, a
saber, el alma y el cuerpo, es corruptible; pero, considerado solamente en
cuanto a una parte, el alma, es incorruptible. Por lo cual el Filósofo dijo
acertadamente del alma, en cuanto incorruptible, en el segundo libro de De
anima: «Y sólo esto puede ser separado de lo corruptible, como perpetuo».
Si el hombre, pues, está de algún modo en medio de
lo corruptible y lo incorruptible, y todo ser intermedio participa de la
naturaleza de los extremos, el hombre necesariamente participará de una y otra
naturaleza. Y, puesto que toda naturaleza se ordena a un último fin, se deduce
que se da un último fin del hombre; de tal modo que, así como él solo entre
todos los seres participa de la incorruptibilidad y de la corruptibilidad, así
también él solo está ordenado a dos últimos fines, de los cuales uno es su fin
en cuanto es corruptible, y el otro en cuanto es incorruptible.
Por consiguiente, la inefable providencia propuso al
hombre dos fines a conseguir, a saber: la felicidad de la vida presente, que
consiste en la actuación de sus propias facultades y se simboliza por el
paraíso terrenal; y la felicidad de la vida eterna, que consiste en el gozo de
la visión de Dios, a la que la propia virtud no puede ascender, si no es
ayudada por la divina luz, felicidad ésta que nos es dado entender como paraíso
celestial.
A estas dos felicidades, como a dos distintas
conclusiones, se puede llegar por diversos medios. En efecto, a la primera
podemos llegar por las enseñanzas filosóficas, con tal que las sigamos, obrando
de acuerdo con las virtudes morales e intelectuales. A la segunda podemos
llegar por preceptos espirituales que transcienden la razón humana, con tal que
los sigamos, obrando de acuerdo con las virtudes teologales, fe, esperanza y
caridad. Estas conclusiones y medios, aunque han sido demostrados por la razón
humana, ya que todo esto nos lo han aclarado los filósofos, y también el
Espíritu Santo, quien por los profetas y hagiógrafos, y por su coeterno Hijo de
Dios, Jesucristo, y por sus discípulos, nos reveló la verdad sobrenatural y
necesaria para nosotros, la humana avaricia los habría postergado y olvidado si
los hombres no hubieran sido conducidos en su camino «con el freno y la brida»,
como caballos indómitos.
Por eso fue necesario al hombre tener un doble guía,
de acuerdo con este doble fin, a saber: el Sumo Pontífice, que conduce al
género humano a la vida eterna según la verdad revelada, y el Emperador, que
dirige al género humano a la felicidad temporal, según las enseñanzas
filosóficas. Y como a este puerto nadie o muy pocos, y estos pocos con excesiva
dificultad, pueden arribar, a no ser que, una vez que se haya serenado el
oleaje, el género humano, libre de pasiones, pueda descansar blandamente en la
tranquilidad de la paz, a este signo principalmente es al que debe aspirar el
gobernador del orbe a quien llamamos Príncipe romano, es decir, a que en esta
mansión de los mortales se viva libremente en paz. Y puesto que la disposición
de este mundo sigue la disposición inherente a la circulación de los cielos,
para que se apliquen los necesarios preceptos de la paz y la libertad
oportunamente en cuanto a tiempos y lugares, es necesario además que este
gobernador del mundo sea sostenido por Aquél que abarca con una sola mirada la
total disposición de los cielos. Éste es sólo Aquél que ordenó de antemano esa
disposición para proveer por medio de ella a la ordenación de todas las cosas
en sus órbitas.
Si esto es así, Dios es el único que elige, Él es el
único que confirma, pues no tiene superior. De lo cual se puede concluir además
que ni estos que ahora se llaman «electores», ni los que antes fueron llamados,
en lugar de este nombre, por cualquier otro semejante, deben ser llamados así;
antes bien, deben ser tenidos por «anunciadores de la divina providencia».
Sucede a veces, por eso, que surgen discordias entre aquellos a los que se les
ha dado tal facultad de anunciar, porque a todos o algunos de ellos,
obnubilados por las pasiones, no saben discernir, en tal elección, el rostro
divino.
Resulta, pues, evidente que la autoridad desciende
sobre el Monarca temporal desde la fuente de la autoridad universal sin ningún
intermedio; fuente que, única en la cumbre de su simplicidad, se derrama en
múltiples cauces por la abundancia de su bondad.
Creo haber alcanzado así la meta propuesta. Pues
aclarada está la verdad de aquella primera cuestión, que preguntaba si para el
bien del mundo era necesario el oficio de Monarca; y la de la segunda, acerca
de si el pueblo romano había alcanzado el Imperio conforme a derecho; y también
de la última, que planteaba el problema de si la autoridad del Monarca depende
inmediatamente de Dios, o de otro. La verdad de esta última cuestión no hay que
tomarla en sentido tan estricto que el Príncipe romano no esté sometido en nada
al romano Pontífice; pues la felicidad mortal de algún modo se ordena a la
felicidad inmortal. El César, pues, debe guardar reverencia a Pedro, como el
hijo primogénito debe reverenciar a su padre: para que, iluminado con la luz de
la gracia paterna, irradie con mayor esplendor sobre el orbe de la tierra, a
cuya cabeza ha sido puesto por sólo Aquél que es el único gobernador de todas
las cosas espirituales y temporales.